Para Alexy, distinguir reglas y principios, dijo eso.
Las reglas son normas que ordenan algo definitivamente. Son mandatos definitivos. (…) Lo decisivo es, entonces, que si una norma es válida y aplicable, es un mandato definitivo y se debe hacer exactamente lo que exige. En consecuencia, las reglas son normas que siempre se pueden seguir o romper. [ALEXY, Robert; La fórmula del peso; en el Principio de Proporcionalidad en el Derecho Contemporáneo; Palestra Editores; 2010; p.14.]
Una ley o con rango de ley es evidentemente una norma que contiene una norma, es un mandato definitivo, puede cumplirse o no. No es eterna, aunque tiene un sentido de permanencia y, al mismo tiempo, de perfectibilidad, porque se dirige a una realidad de pliegues complejos y cambiantes.
Decreto Legislativo 1373 y su Reglamento Decreto Supremo 007-2019-JUS crea un Subsistema Especializado de Extinción de Dominio, con funcionarios judiciales, fiscales y administrativos especializados, y constituye el primer avance en recursos humanos y materiales para hacer realidad la política criminal estatal. recuperación de activos de origen o destino ilícitos, fuera del ámbito de procedimientos penales o de otro tipo. En ese sentido, a diferencia de referentes históricos en América Latina, como Colombia o México, con alta incidencia del crimen organizado, en Perú la implementación del subsistema de extinción de dominio tuvo la particularidad de crear tribunales descentralizados y, cuando era necesario, 21 en todo el país. del país, y 3 cámaras macrorregionales (Trujillo, Lima y Arequipa) para abordar tan complejo fenómeno criminal.
La autonomía del proceso de extinción de dominio, es decir, no hacer depender su eficacia del fallo de ningún otro proceso judicial y administrativo distinto del suyo, ha tenido resultados exitosos, en términos económicos y de productividad judicial. [616 sentencias judiciales fundadas obteniéndose un total de 60 011 817.20 millones de dólares americanos] y se justifica plena y totalmente la inversión que significó su implementación por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante RA 122-2019-CE-PJ, de 20 de marzo de 2019, por el orden de 28.000.000 de soles aproximadamente; entonces, si quisiéramos decirlo en un tono deportivo, muy afectado en estos momentos, pero siempre vigente, un equipo que gana no se cambia, y una ley o norma jurídica que sea eficiente en su aplicación, no tiene por qué ser derogada o modificar, sino más bien fortalecer.