¿Cuántas y cuáles Constituciones políticas ha tenido Chile? – .

¿Cuántas y cuáles Constituciones políticas ha tenido Chile? – .
¿Cuántas y cuáles Constituciones políticas ha tenido Chile? – .

Este documento es considerado una pieza fundamental de la modernidad política republicana y su principio básico es la definición de un Estado unitario.

Desde el inicio del proceso independentista a principios del siglo XIX, en Chile se han implementado diferentes formas de organización del Estado, que se convirtieron en Constituciones políticas.

Este documento es considerado una pieza fundamental de la modernidad política republicana y de su mayoría, con excepción del Leyes federales de 1826tienen como principio básico la definición de Estado de la unidad.

Según los especialistas, su elaboración, implementación, contenido e incluso crisis posterior, sólo es posible entenderlo dentro de un contexto histórico en el que influyen múltiples variables, entre ellas: políticas, sociales e incluso grupos civiles o militares que puedan estar en el poder. .

Asimismo, el contexto político-ideológico nacional e internacional, los elementos económicos y la estructura social, entre otros.

Las constituciones políticas que ha tenido Chile en su historia

Él historiador y docente de la Usach, Cristóbal García-Huidobro, detallado para EL DINAMO, Hay siete constituciones formales en la historia de Chile.


“Las constituciones que van de 1818 a 1828 son constituciones que se enmarcan en un período conocido como juicios constitucionales. En el fondo Chile estaba aprendiendo a ser una República independiente, estábamos tratando de darnos instituciones jurídicas y políticas sólidas, pero no sabíamos cómo hacerlo”, explicó el docente.

García-Huidobro Precisó además que “llevamos 250 años de monarquía y luego pasamos a ser una República”, donde se tomaron y se intentaron aplicar ideas extranjeras. Al mismo tiempo, ese período estuvo marcado por la gran discusión sobre el tipo de Estado que se iba a tener, unitario o federal, y qué tan centralizado o descentralizado podía ser.

Posteriormente, el Constitución de 1833, es considerado uno de los más antiguos del mundo, después del de Estados Unidos en el momento de su derogación. El experto destacó que se trata de “Es lo más curioso, porque si bien pasó a la historia como claramente presidencialista, tenía aspectos parlamentarios y de hecho el régimen pseudoparlamentario que surgió tras la guerra civil de 1891 se construyó en torno a esos enclaves.

“La Constitución de 1825 es presidencialista y centralizadora en el tiempo y si la comparas con la del 80, el presidencialismo está más reforzado en la del 25”, afirmó García-Huidobro, quien añadió que esta última “es más burguesa, con nuevas derechos añadidos a los derechos económicos y sociales fundamentales”.

Para el historiador, la Carta Magna de 1980 tiene muchas innovaciones, por ejemplo: “Propone un derecho de tercera generación como “vivir en un ambiente libre de contaminación”, pero en su texto actual era una digna hija de la guerra fría y Esto se notó en sus elementos relacionados con un pluralismo limitado, llamado “Democracia Dirigida”, pero con sus reformas del 89 y 2005 se democratizó bastante”, concluyó.

Lista y resumen de las siete constituciones

  • Constitución de 1818: Fue promulgada el 23 de octubre de 1818, durante el gobierno del director supremo Bernardo O’Higgins. Dejó de gobernar el 30 de octubre de 1822, durante la misma administración. Consagra el principio de soberanía popular que otorga a la nación el poder de instalar su gobierno y dictar las leyes que lo rigen.
  • Constitución de 1822: Promulgada el 30 de octubre de 1822, durante el gobierno de Bernardo O’Higgins. Dejó de regir el 28 de enero de 1823, fecha de su renuncia al cargo de director supremo y consta de 248 artículos. Dispone que el Gobierno de Chile tiene carácter representativo, estando compuesto por tres poderes independientes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
  • Constitución de 1823: Promulgada el 29 de diciembre de 1823, durante el gobierno de director supremo ramón freire. Su aplicación fue suspendida en julio de 1824, y gobernó formalmente hasta el 10 de enero de 1825, cuando fue declarada insubsistente. Consta de 277 artículos distribuidos en 24 Títulos, que establecen los derechos fundamentales y sus garantías, la soberanía nacional, la separación de poderes y la figura del Director Supremo con amplias facultades.
  • Constitución 1828: Promulgada el 8 de agosto de 1828, bajo el gobierno de francisco antonio pinto. Su vigencia se extendió hasta el 25 de mayo de 1833. Es el primer texto que utiliza el título de “Constitución Política de la República de Chile”.
  • Constitución 1833: Jurada y promulgada el 25 de mayo de 1833, bajo el gobierno de José Joaquín Prieto. Los principales autores fueron los abogados Manuel José Gandarillas, liberal, y Mariano Egaña, conservador. Vigente hasta el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1924, es considerado el más largo de la historia política de Chile, gobernando durante 91 años.

Constituciones de 1900

  • Constitución de 1925: Promulgada el 18 de septiembre de 1925 por el Presidente Arturo Alessandri Palma, es sometido a plebiscito el 30 de agosto del mismo año. Pone fin al sistema parlamentario estableciendo un régimen presidencial. Desde el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, está subordinado al poder militar y se dicta en un contexto de crisis del orden parlamentario oligárquico y ascenso de los sectores medios y populares.
  • Constitución 1980: Promulgada el 21 de octubre de 1980 y publicada tres días después, durante el régimen de Augusto Pinochet. En su elaboración interviene la Comisión de Estudio de la Nueva Constitución Política, creada por Decreto No. 1064, del Ministerio de Justicia, publicado el 12 de noviembre de 1973. Mediante Decreto Ley N° 3465, publicado el 12 de agosto de 1980, se convocó a un plebiscito para el 11 de septiembre de ese año, destinado a que la ciudadanía se pronunciara. Entró en vigor el 11 de marzo de 1981, sufriendo importantes modificaciones en 2005 bajo el Gobierno de Ricardo Lagos.

Cabe señalar que las Leyes Federales del 31 de enero de 1826, durante el gobierno del Director Supremo Ramón Freire, dictaron el Proyecto para la administración de las provincias, el cual estuvo vigente hasta el 2 de junio de 1827.

 
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