Entidades empresariales y agropecuarias insisten en pedir reducción de tarifas para calcular compensaciones

Entidades empresariales y agropecuarias insisten en pedir reducción de tarifas para calcular compensaciones
Entidades empresariales y agropecuarias insisten en pedir reducción de tarifas para calcular compensaciones

La CFederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Sociedad Rural Argentina (SRA) y Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO) Al efecto, comparecieron el viernes ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (CSJN) y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT).

Según un comunicado conjunto, “esta nueva presentación se basó en que recientemente la Corte Suprema se pronunció sobre un caso laboral lo inadecuado de la capitalización anual y lo irracional de la tasa de interés anterior”.

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Lo que dijo la sentencia del Tribunal Supremo

En ese caso, la Corte Suprema había señalado que: “En el caso, “La periódica y sucesiva capitalización de intereses ordenada resultó en un resultado económico desproporcionado y carente de sustento”.

Agregó que “en particular, si bien el interés aplicable a los créditos laborales es una cuestión dentro de la razonable discreción de los jueces del caso, es posible apartarse de tal principio cuando la decisión cuestionada, además de carecer de sustento jurídico, llega a un resultado manifiestamente desproporcionado que desconoce la realidad económica existente en el momento del pronunciamiento”.

“En consecuencia, la CNAT fijó el tipo de interés actual con la intención de adaptarse a los parámetros antes mencionados, sin embargo, Esta solución es igual o incluso más desproporcionada según el caso concreto.“Dijo el comunicado de prensa.

El grupo de entidades señaló que “es importante resaltar que la tasa se refiere a la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más seis por ciento (6%) e implica fijar como tasa de interés un índice de actualización, lo cual, “es no lo permite la ley, y además ya ha sido delineado”.

“Conclusión, Las entidades ratifican la solución aportada en la presentación anterior en el sentido de que la tasa no puede ser superior a la fijada para los juicios alimentarios en materia civil”, concluye el comunicado.

 
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